domingo, 13 de junio de 2021

La dichosa letra «mayúscula» en el ámbito administrativo

Todo traductor sabe a ciencia cierta que el uso de la letra mayúscula supone en ocasiones un dilema difícil de solventar en el ámbito administrativo, en particular cuando se traduce desde alguna lengua en la que las normas de uso aceptadas no coinciden con las del español. En esta entrada, intentaré arrojar alguna luz sobre el uso de la mayúscula en el español, poniendo como ejemplo términos de uso extendido que suscitan ciertas dudas.

Cabe destacar que, toda institución se escribe en español con inicial mayúscula cuando ésta designe como nombre a la propia institución. Así, Senado, Congreso de los Diputados, Ministerio de Educación… se escriben con iniciales mayúsculas por ser los nombres oficiales de estas instituciones.

No obstante, el sustantivo se escribirá con minúscula cuando se use de forma genérica o se refiera a una pluralidad: Los ministerios de Sanidad, Vivienda y Transportes; también cuando vengan acompañados de demostrativos, posesivos o elementos anafóricos: la citada cámara, dicho ministerio, etc., salvo que el anafórico sea un artículo determinado referido a un sustantivo: El Ministerio tendrá que presentar un informe adecuado. El Tribunal dictó un considerable número de sentencias respecto a ese conflictivo tema.


·         Gobierno y Estado

Ambos sustantivos se utilizan como nombres comunes, pero, además, sirven para designar entidades, organismos o instituciones. Es, precisamente, en este último caso cuando se deberán escribir con inicial mayúscula.  Así, tal y como establece el Diccionario Panhispánico de dudas.

 

«Gobierno» se escribirá con mayúscula inicial cuando se refiera al conjunto de las personas que gobiernan una división político-administrativa, pero en minúscula cuando se refiere a una forma de gobernar.

Ej.:

«El jefe del Gobierno alemán acelera sus esfuerzos para renovar y mejorar los lazos económicos con América Latina»

«Ambas soberanas tenían la firme creencia de estar asistiendo al final de la monarquía como forma de gobierno».

 

«Estado», cuando aluda a una forma de organización política, dotada de poder soberano e independiente, se escribirá con mayúscula, mientras que cuando se refiera a entidades integrantes en el mismo, se escribirá con minúscula.

                Ej.:

«El Estado griego [...]», pero «El estado de Texas»

 

·         Administración

Se escribe en mayúscula cuando se refiera al conjunto de organismos que se ocupan de hacer cumplir las leyes se escribe con mayúscula. El hecho de «administrar» se escribe en minúscula.

    Ej.:

    Administración pública, Administración central, Administración autonómica, Administración local, pero:     Una buena administración financiera es vital.

 

 

·       Cargos, dignidades o empleos de cualquier rango.

Se escriben con minúscula inicial: presidente, ministro, canciller, rey, primer ministro, consejero, expresidente, conde, princesa, rey, etc. No obstante, cuando los cargos van precedidos de formas protocolarias o forman parte de una designación oficial se recurre a la mayúscula: Su Majestad el Rey, el Magnífico Rector de la UOC, Ilustrísima Señora Alcaldesa, Ilustre Señora. También al hacer referencia a nombres literarios o artísticos: el Marqués de Sade, el Duque de Rivas, el Arcipreste de Hita, Lord Byron, Fra Angélico.

 

·         Disciplinas científicas

Deben ir en minúscula cuando se trata de áreas del conocimiento, pero deben llevar mayúscula cuando aparecen en contextos académicos y curriculares designando estudios y materias regladas. También se escriben con mayúsculas inicial los sustantivos y adjetivos que forman parte del nombre de una asignatura o materia de estudio, coincida o no con el nombre de una ciencia o disciplina.

Ej.: La sociología del trabajo ha experimentado grandes avances en los últimos tiempos.

Pero: Me han suspendido en Sociología del Trabajo. Pedro es catedrático de Ciencia Política.

 

·         Leyes y normas jurídicas

Se deben llevar en mayúscula todas las palabras significativas, pero si el nombre de la disposición excede de diez palabras, sólo la primera llevará mayúscula.

 

Ej.: Ley 17/2005, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Ley para la Ordenación General del Sistema Educativo; Real Decreto 1594/2011, Ley 1/2012, de 29 de febrero, de medidas temporales en determinadas materias del empleo público de la Comunidad Autónoma de Galicia, etc.

 

Sin embargo, en los nombres no oficiales de las leyes, la palabra «ley» se escribe con minúscula inicial por no tratarse del nombre oficial; ley antitabaco, ley de puntos, ley mordaza.